Page 96 - Curso Acoso sexual
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F. Remisión de antecedentes a instructor/a
Al remitir la investigación - mediante sistema interconectado – también deberán
Herramientas conceptuales, psicosociales y normativas para comprender y abordar el fenómeno del acoso sexual en el Poder Judicial
acompañarse los antecedentes recopilados hasta ese momento.
G. Prescripción de la acción para investigar los hechos
IMPORTANTE
NO se admitirán a tramitación denuncias si han transcurrido más de dos años
desde que ocurrieron los hechos.
Sin perjuicio de la facultad del órgano competente para iniciar igualmente la
investigación, si la naturaleza o circunstancias del caso lo aconsejan, de lo cual
se dejará testimonio en la resolución que ordene iniciarla.
H. Medidas cautelares que se pueden adoptar en cualquiera etapa del
procedimiento
El artículo 11, del Acta 103-2020, señala que “por resolución fundada podrá solicitar
al órgano resolutor, de oficio o a petición de persona denunciante o denunciada, la
dictación de medidas cautelares sea para el resguardo de la persona denunciante
o para mejor funcionamiento del tribunal o de la unidad en que tuvieron lugar los
hechos investigados o para el existo de la misma”.