Page 96 - Curso Acoso sexual
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                     F. Remisión de antecedentes a instructor/a


                     Al remitir la investigación - mediante sistema interconectado – también deberán
           Herramientas conceptuales, psicosociales y normativas para comprender y abordar el fenómeno del acoso sexual en el Poder Judicial
                     acompañarse los antecedentes recopilados hasta ese momento.



                     G. Prescripción de la acción para investigar los hechos



                       IMPORTANTE






                       NO se admitirán a tramitación denuncias si han transcurrido más de dos años
                       desde que ocurrieron los hechos.




                       Sin perjuicio de la facultad del órgano competente para iniciar igualmente la
                       investigación, si la naturaleza o circunstancias del caso lo aconsejan, de lo cual
                       se dejará testimonio en la resolución que ordene iniciarla.




                     H. Medidas cautelares que se pueden adoptar en cualquiera etapa del
                     procedimiento

                     El artículo 11, del Acta 103-2020, señala que “por resolución fundada podrá solicitar
                     al órgano resolutor, de oficio o a petición de persona denunciante o denunciada, la
                     dictación de medidas cautelares sea para el resguardo de la persona denunciante
                     o para mejor funcionamiento del tribunal o de la unidad en que tuvieron lugar los
                     hechos investigados o para el existo de la misma”.
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