Page 93 - Curso Acoso sexual
P. 93

93
               que por su naturaleza y gravedad se estime necesario que la investigación sea
               realizada por un fiscal o fiscala de dicha Corte.



               F. ¿Quién recibe la denuncia?


               La Corte Suprema, las Cortes de Apelaciones, los juzgados no reformados y los
               juzgados reformados de cada jurisdicción, deberán designar a la persona encargada
               de recibir formalmente las denuncias, nombrando al efecto un titular y un
               subrogante, lo que se comunicará  con la publicidad necesaria, individualizando
               a las personas funcionarias a quienes se les encomienda dicha labor,  con su
               nombre, cargo, correo electrónico institucional y teléfono.


               Cada unidad deberá destinar un espacio físico adecuado que otorgue a la persona
               denunciante las garantías de privacidad y confidencialidad necesarias si ésta
               concurre en persona a estampar su denuncia.



                  Es importante tener presente que en cada unidad judicial debe existir una
                  persona encargada de recibir las denuncias y entregar la información básica
                  necesaria para dar inicio al procedimiento.


               La persona designada para recibir la denuncia:                                                      Módulo 3. Procedimiento para investigaciones disciplinarias de personas integrantes del pjud por denuncias de acoso sexual. parte I


               •   pondrá a disposición de la persona interesada, en forma material o por correo
                   electrónico, el formulario respectivo.

               •  otorgará el Certificado que dé cuenta del hecho de haberla recibido.



               G. ¿Cómo debe entregarse el certificado?


               En soporte de papel o por correo electrónico, siempre en carácter de confidencial.


               Debe contener en su reverso la información mínima que se considere relevante, con
               especial referencia al principio de confidencialidad de los datos.




               H. ¿Cómo se da curso a la denuncia?

               Una vez recibida la denuncia, la persona encargada de ello la entregará a la brevedad
               a la autoridad que corresponda, según lo establecido en el artículo 10 del Acta 103-
               2018 y del principio de diligencia y celeridad.
   88   89   90   91   92   93   94   95   96   97   98