Page 100 - Curso Acoso sexual
P. 100

100
                        INICIO FORMAL DEL PROCESO

           Herramientas conceptuales, psicosociales y normativas para comprender y abordar el fenómeno del acoso sexual en el Poder Judicial

                        INVESTIGATIVO






                     a)     Primera Resolución


                     Recibidos los antecedentes, y superada la etapa de análisis de posibles
                     inhabilidades, se debe dictar la primera resolución que cumpla los requisitos del
                     artículo 13 del Acta Nº 103-2018.


                     El Fiscal o Fiscala debe dictar – en los dos días hábiles contados desde esta
                     recepción- la primera resolución, la que necesariamente debe contener (artículo 16
                     del Acta 108-2020):

                        ‐  La declaración de que se inicia la investigación, precisando en lo posible los
                        hechos que enmarcan la instrucción (para fines del cómputo de los plazos y de
                        la prescripción);

                        ‐  La designación de la persona designada como ministro de fe, quien le asistirá en
                        la práctica de diligencias (usualmente es el oficial Fiscal asignado a su oficio);


                        ‐  La orden de notificar a la persona investigada;

                        ‐  La designación de una persona profesional del ámbito de la psicología, que se
                        encuentre inscrita en una nómina que al efecto la Corporación Administrativa
                        del Poder Judicial mantendrá vigente, para que preste la asistencia técnica a la
                        instrucción.

                     Para el apoyo técnico-psicológico la persona instructora podrán contactar a la
                     Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación quien informará
                     qué profesional de la Corporación Administrativa del Poder Judicial se encuentra
                     en condiciones de asesorar a la persona investigadora; la Secretaría  actúa como
                     interlocutor  entre el Departamento correspondiente de la CAPJ y la persona
                     investigadora.


                     Y podrá consultar a la Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No
                     Discriminación de la Corte Suprema, por escrito, las dudas que en materia de
                     acoso sexual.
   95   96   97   98   99   100   101   102   103   104   105