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2.     Si es un certificado de depósito vía presencial


























               Podrá solicitar copia de la boleta a BancoEstado, cuando tenga una data igual o superior
         Conceptos Básicos En Materia De Cuentas Corrientes Jurisdiccionales
               a 5 años.

               No obstante, si dicho certificado tiene una data superior a cinco años y no cuenta con
               el original, solo podrá girar previa certificación y resolución establecida en este artículo,
               efectuando el siguiente procedimiento.


               —   El tribunal debe agotar todas las instancias de búsqueda, como también la comprobación
                   de que el depósito no fue girado con anterioridad.


               —   Para ello se verificará revisando el expediente, los libros contables en poder del tribunal
                   o del Archivo Judicial, el Sistemas de Cuentas Corrientes Bancarias Jurisdiccionales y
                   las remisiones de certificados al Archivo Judicial.


               —   Deberá revisar en el expediente la recepción del dinero y desde esa fecha, en los libros
                   contables, la constancia del depósito en la cuenta corriente bancaria jurisdiccional y
                   que no haya sido girado.




                  Si en el expediente no consta ningún dato que dé cuenta del certificado de depósito o la
                  fecha de recepción de los dineros, se procederá a buscar en los libros contables desde
                  la fecha de inicio de la causa hasta la actual, para confirmar que existe el depósito en la
                  cuenta corriente bancaria jurisdiccional del tribunal y que no fue girado.

                  En todos los casos, habiéndose confirmado la existencia del depósito y que no fue gira-
                  do, se certificará en el expediente este hecho y se ordenará el giro, prescindiendo del
                  certificado de depósito, en la forma establecida en este auto acordado.





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